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No solicitable Cerrada Autonómica · Cantabria

Beca de formación práctica para postgraduados en Cantabria

Para postgraduados interesados en formación práctica en Cantabria

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO · nº 923242

Título oficial: Orden IND/38/2026, de 31 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo.

Convocatoria de una beca de formación práctica dirigida a postgraduados. Permite adquirir experiencia en la Dirección General de Comercio y Consumo de Cantabria.

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Presupuesto

10.388 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

11/08/2026 — 31/08/2026

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Autonómica · Cantabria

Tipo de ayuda

Premio

Finalidad

Comercio y turismo, Educación, cultura y deportes, Premios, concursos y (otras) becas

Cuantía por beneficiario

Hasta 9.600 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Formación y especialización práctica en la Dirección General de Comercio y Consumo, en el área de fomento de autónomos y pymes, comercio, subvenciones públicas y procedimientos administrativos.

Quién puede solicitarla

Personas físicas postgraduadas (Grado en Derecho o doble Grado Derecho + Económicas, mínimo 4 años de enseñanza), con título obtenido hace no más de 3 años, residentes legales en España.

Periodo de ejecución

Un año desde la incorporación (prorrogable excepcionalmente por una sola vez hasta 12 meses más)

Plazo de solicitud

15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria

Forma de pago

800 € brutos mensuales

Requisitos clave

  • Plena capacidad de obrar y residencia legal en España al inicio de la beca
  • Titulación universitaria en Derecho o doble Grado Derecho + Económicas (mínimo 4 años), expedida hace no más de 3 años
  • Títulos extranjeros deben estar homologados y tener plena validez en España
  • Nivel B2 o superior de castellano para solicitantes sin nacionalidad española
  • No haber sido beneficiario de beca de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años
  • No haber sido separado del servicio de ninguna Administración por expediente disciplinario

Exclusiones

  • Quienes hayan disfrutado de beca de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años en total
  • Quienes estén incursos en las circunstancias del artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones

Obligaciones posteriores

  • Colaborar en actividades, trabajos y estudios bajo la dirección técnica de un tutor
  • Preparar documentación sobre temas específicos encomendados
  • Prestar cuantas otras funciones le sean encomendadas

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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