Beca de formación práctica para postgraduados en Cantabria
Para postgraduados interesados en formación práctica en Cantabria
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO · nº 923242
Título oficial: Orden IND/38/2026, de 31 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación práctica dirigida a postgraduados en la Dirección General de Comercio y Consumo.
Convocatoria de una beca de formación práctica dirigida a postgraduados. Permite adquirir experiencia en la Dirección General de Comercio y Consumo de Cantabria.
Presupuesto
10.388 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días11/08/2026 — 31/08/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
PremioReconocimiento económico vinculado a un concurso o certamen; no es una subvención genérica a proyectos.
Finalidad
Comercio y turismo, Educación, cultura y deportes, Premios, concursos y (otras) becas
Cuantía por beneficiario
Hasta 9.600 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Formación y especialización práctica en la Dirección General de Comercio y Consumo, en el área de fomento de autónomos y pymes, comercio, subvenciones públicas y procedimientos administrativos.
Quién puede solicitarla
Personas físicas postgraduadas (Grado en Derecho o doble Grado Derecho + Económicas, mínimo 4 años de enseñanza), con título obtenido hace no más de 3 años, residentes legales en España.
Periodo de ejecución
Un año desde la incorporación (prorrogable excepcionalmente por una sola vez hasta 12 meses más)
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria
Forma de pago
800 € brutos mensuales
Requisitos clave
- Plena capacidad de obrar y residencia legal en España al inicio de la beca
- Titulación universitaria en Derecho o doble Grado Derecho + Económicas (mínimo 4 años), expedida hace no más de 3 años
- Títulos extranjeros deben estar homologados y tener plena validez en España
- Nivel B2 o superior de castellano para solicitantes sin nacionalidad española
- No haber sido beneficiario de beca de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años
- No haber sido separado del servicio de ninguna Administración por expediente disciplinario
Exclusiones
- Quienes hayan disfrutado de beca de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años en total
- Quienes estén incursos en las circunstancias del artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones
Obligaciones posteriores
- Colaborar en actividades, trabajos y estudios bajo la dirección técnica de un tutor
- Preparar documentación sobre temas específicos encomendados
- Prestar cuantas otras funciones le sean encomendadas
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.