Subvenciones para cuidado de menores de 3 años en centros privados en Extremadura
Madres, padres, tutores legales y acogedores en Extremadura (período 2026-2027)
SECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN · nº 929941
Título oficial: Subv. 2026 a familias para servicios de cuidados de menores de 3 años como medida de fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, s/ RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2026, del Secretario General que convoca
Subvenciones para cubrir la cuota mensual de servicios de cuidado de menores de 3 años en centros privados no autorizados por la Consejería de Educación, como medida de conciliación familiar y laboral.
Presupuesto
5.868.000 €
Plazo de solicitud
37 de 41 díasQuedan 5 días
Abrió 25/09 · cierra 05/11/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Autonómica · Extremadura
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 2.400 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la cuota mensual de servicios de cuidado de menores nacidos en 2024, 2025 y 2026 prestados en centros privados no autorizados por la Consejería de Educación y Formación Profesional, incluyendo alimentación, durante el período julio 2026 – junio 2027.
Quién puede solicitarla
Madres, padres o tutores legales del menor que reciba los servicios de cuidado; también personas con guarda con fines de acogimiento, adopción o situación equivalente.
Periodo de ejecución
Del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el DOE hasta el 5 de noviembre de 2026. Plazo extraordinario del 1 al 30 de abril de 2027 para menores que no estén recibiendo los servicios en el momento de la convocatoria.
Cómo se presenta
Electrónica a través del punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0724725) o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. También en oficinas de Correos en sobre abierto.
Requisitos clave
- El menor debe haber nacido en 2024, 2025 o 2026
- Los servicios deben prestarse en centros privados no autorizados por la Consejería de Educación y Formación Profesional
- El solicitante debe acreditar soportar los gastos de los servicios de cuidado
- En caso de gastos compartidos por separación o divorcio, cada progenitor presenta solicitud separada indicando el importe que le corresponde
- El período subvencionable es del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027
Gastos subvencionables
- Cuota mensual por la prestación de servicios de cuidado del menor en centros privados no autorizados
- Alimentación incluida en la cuota del servicio de cuidado
- Máximo 200 € al mes por menor, con un máximo de 12 mensualidades
Documentación requerida
- Documentación establecida en el apartado séptimo de la Resolución de convocatoria
Exclusiones
- Servicios prestados en centros autorizados por la Consejería de Educación y Formación Profesional
- Más de una persona beneficiaria por menor (salvo supuestos de gastos compartidos acreditados)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 05/11/2026 — quedan 5 días para solicitarla.
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