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No solicitable Cerrada Autonómica · Madrid

Ayudas para la promoción y formación de pymes y autónomos artesanos

Para pymes y autónomos artesanos de la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO · nº 885172

Título oficial: AYUDA PYMES ARTESANAS PROMOCION Y FORMACIÓN 2026

Esta convocatoria ofrece apoyo para actividades de promoción y formación dirigidas a pymes y autónomos del sector artesano.

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Presupuesto

190.000 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

24/02/2026 — 16/03/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Madrid

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo, Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 3.000 € (hasta 60% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Ayudas para la promoción comercial y la formación de empresas artesanas cuyos oficios y actividades estén incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid.

Quién puede solicitarla

Pequeñas y medianas empresas artesanas con origen en cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid y cuya actividad esté incluida en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid (Ley 21/1998).

Periodo de ejecución

Del 15 de septiembre de 2025 al 14 de septiembre de 2026

Plazo de solicitud

15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOCM

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras ayudas de cualquier naturaleza y Administración, siempre que la suma total no supere el coste de la actividad subvencionada

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 40%
  • Régimen de minimis: no

Requisitos clave

  • Ser pyme artesana con origen en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo
  • Desarrollar la actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
  • La actividad debe estar incluida en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid (Ley 21/1998)
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias prohibidas del artículo 13 de la Ley 38/2003

Gastos subvencionables

  • Asistencia a ferias (máx. 3.000 €)
  • Participación en exposiciones (máx. 1.000 €)
  • Acciones de formación (máx. 300 €)
  • Resto de actividades promocionales (máx. 1.000 €)
  • Gastos recogidos en el artículo 7 de la Orden de 12 de mayo de 2021 (excluidos impuestos)

Exclusiones

  • Entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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