Subvención al alquiler de vivienda para jóvenes en Getaria (2026)
Jóvenes de 18 a 35 años con vivienda habitual en alquiler en Getaria
AYUNTAMIENTO DE GETARIA · nº 933368
Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS A JÓVENES PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE ALQUILER DE VIVIENDA PARA EL AÑO 2026
El Ayuntamiento de Getaria subvenciona los gastos de alquiler de vivienda habitual de jóvenes de entre 18 y 35 años residentes en el municipio, correspondientes al periodo enero-septiembre de 2026.
Presupuesto
9.000 €
Plazo de solicitud
7 de 20 díasQuedan 13 días
Abrió 20/10 · cierra 09/11/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Local · Gipuzkoa
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 300 € (hasta 75% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvención de hasta el 75% del alquiler mensual (máx. 300 €/mes) para el alojamiento habitual en régimen de alquiler de jóvenes de 18 a 35 años en Getaria, por los gastos abonados entre enero y septiembre de 2026.
Quién puede solicitarla
Jóvenes de entre 18 y 35 años (ambos inclusive) con contrato de arrendamiento de vivienda habitual en el municipio de Getaria, ingresos de la unidad familiar por debajo de los límites establecidos y al corriente de pago con el Ayuntamiento.
Periodo de ejecución
Gastos de alquiler abonados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOG
Cómo se presenta
Presencialmente en el registro del Ayuntamiento de Getaria o electrónicamente mediante certificado digital (B@k-Q, DNI electrónico, Tarjeta Izenpe…) a través de https://labur.eus/OqT1U. También en otros lugares establecidos por la Ley 39/2015.
Forma de pago
Pago único una vez justificada toda la documentación, en el plazo máximo de un mes. Cubre los meses de alquiler abonados de enero a septiembre de 2026 (o los que proporcionalmente correspondan).
Compatibilidad con otras ayudas
Carácter subsidiario y complementario respecto a las ayudas de Gaztelagun y Bpa del Gobierno Vasco, que son obligatorias y prioritarias. La suma de todas las ayudas no puede superar el 75% de la renta mensual acreditada ni los límites máximos establecidos.
Requisitos clave
- Tener entre 18 y 35 años (ambos inclusive)
- Contrato de arrendamiento de vivienda habitual en Getaria con duración mínima de un año
- Ingresos del conjunto de la unidad familiar inferiores a 32.000 € brutos/año (único solicitante) o 46.463,29 € brutos/año (dos o más)
- Haber tramitado previamente las ayudas de Gaztelagun y Bpa del Gobierno Vasco si se cumplen sus requisitos
- Pago de la renta mediante transferencia bancaria
- Todos los miembros de la unidad convivencial al corriente de pago con el Ayuntamiento de Getaria
- Sin vínculo familiar hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador
Gastos subvencionables
- Gastos de alquiler de vivienda habitual abonados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026
Documentación requerida
- Impreso de solicitud (disponible en el Ayuntamiento o en www.getaria.eus)
- Documentación indicada en el artículo 9 de las bases generales (Ordenanza, disponible en https://www.getaria.eus/es/ordenanzas/)
- Recibos de pago del alquiler correspondientes al periodo justificado
- Certificado de empadronamiento (puede obtenerse de oficio por el Ayuntamiento)
Exclusiones
- Viviendas de protección oficial de promoción pública, incluidas las tasadas
- Viviendas con finalidad turística
- Subarriendos
- Alquiler de habitaciones (derecho de habitación)
- Locales no autorizados de habitabilidad usados como vivienda
- Viviendas del programa Bizigune
- Contratos de duración inferior a un año
Obligaciones posteriores
- Justificar la documentación acreditativa de los pagos de alquiler en los plazos establecidos
- Reintegrar las cantidades percibidas más intereses de demora en caso de incumplimiento o falta de justificación
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 09/11/2026 — quedan 13 días para solicitarla.
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