Solicitable Abierta Local · Gipuzkoa

Subvención al alquiler de vivienda para jóvenes en Getaria (2026)

Jóvenes de 18 a 35 años con vivienda habitual en alquiler en Getaria

AYUNTAMIENTO DE GETARIA · nº 933368

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS A JÓVENES PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE ALQUILER DE VIVIENDA PARA EL AÑO 2026

El Ayuntamiento de Getaria subvenciona los gastos de alquiler de vivienda habitual de jóvenes de entre 18 y 35 años residentes en el municipio, correspondientes al periodo enero-septiembre de 2026.

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Presupuesto

9.000 €

Plazo de solicitud

7 de 20 días

Quedan 13 días

Abrió 20/10 · cierra 09/11/2026

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Local · Gipuzkoa

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

Hasta 300 € (hasta 75% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvención de hasta el 75% del alquiler mensual (máx. 300 €/mes) para el alojamiento habitual en régimen de alquiler de jóvenes de 18 a 35 años en Getaria, por los gastos abonados entre enero y septiembre de 2026.

Quién puede solicitarla

Jóvenes de entre 18 y 35 años (ambos inclusive) con contrato de arrendamiento de vivienda habitual en el municipio de Getaria, ingresos de la unidad familiar por debajo de los límites establecidos y al corriente de pago con el Ayuntamiento.

Periodo de ejecución

Gastos de alquiler abonados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026

Plazo de solicitud

15 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOG

Cómo se presenta

Presencialmente en el registro del Ayuntamiento de Getaria o electrónicamente mediante certificado digital (B@k-Q, DNI electrónico, Tarjeta Izenpe…) a través de https://labur.eus/OqT1U. También en otros lugares establecidos por la Ley 39/2015.

Forma de pago

Pago único una vez justificada toda la documentación, en el plazo máximo de un mes. Cubre los meses de alquiler abonados de enero a septiembre de 2026 (o los que proporcionalmente correspondan).

Compatibilidad con otras ayudas

Carácter subsidiario y complementario respecto a las ayudas de Gaztelagun y Bpa del Gobierno Vasco, que son obligatorias y prioritarias. La suma de todas las ayudas no puede superar el 75% de la renta mensual acreditada ni los límites máximos establecidos.

Requisitos clave

  • Tener entre 18 y 35 años (ambos inclusive)
  • Contrato de arrendamiento de vivienda habitual en Getaria con duración mínima de un año
  • Ingresos del conjunto de la unidad familiar inferiores a 32.000 € brutos/año (único solicitante) o 46.463,29 € brutos/año (dos o más)
  • Haber tramitado previamente las ayudas de Gaztelagun y Bpa del Gobierno Vasco si se cumplen sus requisitos
  • Pago de la renta mediante transferencia bancaria
  • Todos los miembros de la unidad convivencial al corriente de pago con el Ayuntamiento de Getaria
  • Sin vínculo familiar hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador

Gastos subvencionables

  • Gastos de alquiler de vivienda habitual abonados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026

Documentación requerida

  • Impreso de solicitud (disponible en el Ayuntamiento o en www.getaria.eus)
  • Documentación indicada en el artículo 9 de las bases generales (Ordenanza, disponible en https://www.getaria.eus/es/ordenanzas/)
  • Recibos de pago del alquiler correspondientes al periodo justificado
  • Certificado de empadronamiento (puede obtenerse de oficio por el Ayuntamiento)

Exclusiones

  • Viviendas de protección oficial de promoción pública, incluidas las tasadas
  • Viviendas con finalidad turística
  • Subarriendos
  • Alquiler de habitaciones (derecho de habitación)
  • Locales no autorizados de habitabilidad usados como vivienda
  • Viviendas del programa Bizigune
  • Contratos de duración inferior a un año

Obligaciones posteriores

  • Justificar la documentación acreditativa de los pagos de alquiler en los plazos establecidos
  • Reintegrar las cantidades percibidas más intereses de demora en caso de incumplimiento o falta de justificación

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 09/11/2026 — quedan 13 días para solicitarla.

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