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Solicitable Abierta Local · Gipuzkoa

Ayudas al alquiler de vivienda en Zumaia para mayores de 36 años

Habitantes de Zumaia mayores de 36 años con ingresos limitados que destinen al menos el 30 % de sus ingreso...

AYUNTAMIENTO DE ZUMAIA · nº 918086

Título oficial: Convocatoria para el año 2026 de las ayudas para el alquiler de vivienda en el municipio de Zumaia, destinadas a personas mayores de 36 años

Subvenciones para cubrir parte del coste del alquiler de la vivienda habitual ya arrendada, dirigidas a residentes en Zumaia mayores de 36 años con ingresos anuales inferiores a 28.000 € (solicitante individual) o 38.000 € (unidad convivencial).

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Presupuesto

25.000 €

Plazo de solicitud

10 de 74 días

Quedan 64 días

Abrió 18/07 · cierra 30/09/2026

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Local · Gipuzkoa

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Detalle de la convocatoria

Objeto

Contribuir al pago del alquiler de la vivienda habitual ya arrendada por el solicitante en Zumaia.

Quién puede solicitarla

Habitantes de Zumaia mayores de 36 años con ingresos anuales inferiores a 28.000 € (solicitante individual) o 38.000 € (unidad convivencial) que destinen al menos el 30 % de sus ingresos al pago del alquiler.

Periodo de ejecución

Ejercicio 2026

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 30 de septiembre de 2026.

Cómo se presenta

Registro municipal de Zumaia, cualquier medio del art. 16.4 de la Ley 39/2015 o registro electrónico a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (www.zumaia.eus).

Forma de pago

Dos pagos mediante transferencia bancaria a cuenta de la persona beneficiaria: el primero tras la resolución de la convocatoria (proporcional a los gastos de alquiler justificados hasta esa fecha); el segundo tras la presentación total de la documentación justificativa.

Requisitos clave

  • Ser residente en Zumaia
  • Tener más de 36 años
  • Ingresos anuales inferiores a 28.000 € (individual) o 38.000 € (unidad convivencial)
  • Destinar al menos el 30 % de los ingresos al pago del alquiler
  • La vivienda debe estar ya arrendada y ser el domicilio habitual

Gastos subvencionables

  • Pago del alquiler de la vivienda habitual ya arrendada

Documentación requerida

  • Documentación justificativa de los gastos de alquiler (según art. 12 de las bases reguladoras)

Obligaciones posteriores

  • Presentar la documentación justificativa total para recibir el segundo pago

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 30/09/2026 — quedan 64 días para solicitarla.

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