Subvenciones para los gastos iniciales de un nuevo alquiler en Tona
Personas físicas con nuevo contrato de alquiler iniciado en 2025 en Tona
AYUNTAMIENTO DE TONA · nº 887437
Título oficial: Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para facilitar el acceso a la vivienda de alquiler, correspondiente a contratos iniciados en 2025
Subvenciones del Ayuntamiento de Tona para cubrir los gastos iniciales derivados de la formalización de nuevos contratos de alquiler de vivienda correspondientes a 2025: mensualidades, mudanza, altas de suministros y otros gastos asociados.
Presupuesto
12.000 €
Plazo de solicitud
26 de 26 días20/02/2026 — 18/03/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Local · Barcelona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar los gastos iniciales relacionados con la formalización de nuevos contratos de alquiler de vivienda: primeras mensualidades, mudanza, altas o cambios de suministros, seguro de contenido y otros gastos de tramitación del contrato.
Quién puede solicitarla
Personas físicas con nuevo contrato de alquiler de vivienda iniciado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, en los supuestos previstos en las bases reguladoras (primer alquiler para jóvenes hasta 35 años, alquiler a precio inferior al actual, finalización del contrato anterior o traslado a Tona por motivos laborales).
Periodo de ejecución
Gastos ejecutados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025
Plazo de solicitud
20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB)
Requisitos clave
- Nuevo contrato de alquiler de vivienda iniciado en 2025
- Gastos ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Encuadrarse en alguno de los supuestos de acceso previstos en las bases reguladoras
- Cumplir los requisitos del artículo 3 de las bases reguladoras
Gastos subvencionables
- Primeras dos mensualidades pagadas del nuevo contrato de alquiler
- Gastos de servicios de mudanza para acceder a la nueva vivienda
- Altas o cambios de nombre de suministros (agua, gas, electricidad) de pago obligado por la persona arrendataria
- Seguro de contenido para la nueva vivienda de alquiler
- Otros gastos de formalización o tramitación del nuevo contrato de alquiler (excluidas fianzas y honorarios de inmobiliaria)
Exclusiones
- Fianzas del contrato de alquiler
- Honorarios satisfechos a la inmobiliaria
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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