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No solicitable Cerrada Autonómica · Murcia

Ayudas FEMPA 2026 para pesca y acuicultura en Murcia

Personas físicas, jurídicas, pymes, no pymes y entidades sin ánimo de lucro en la Región de Murcia

CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA · nº 895008

Título oficial: Orden de 24 de marzo de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan ayudas públicas relativas al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) en la Región de Murcia correspondientes al año 2026

Convocatoria de ayudas del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) en la Región de Murcia para 2026, dirigidas a fomentar la pesca sostenible, la acuicultura, y la transformación y comercialización de productos pesqueros y acuícolas.

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Presupuesto

4.566.651 €

Plazo de solicitud

31 de 31 días

28/03/2026 — 28/04/2026

Beneficiarios

Gran empresa, Otro, Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Murcia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Detalle de la convocatoria

Objeto

Ayudas del FEMPA para medidas de pesca sostenible, recuperación de recursos biológicos acuáticos, acuicultura sostenible, y transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura (medidas 1.1.3, 1.1.5, 1.1.6, 1.1.10, 1.2.1, 1.6.1, 2.1.1, 2.1.2, 2.1.4, 2.1.12 y 2.2.4).

Quién puede solicitarla

Con carácter general: personas físicas o jurídicas, entidades públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier agrupación de estas que reúnan los requisitos generales y específicos. Con carácter específico: PYME (medidas 1.1.3, 1.1.5, 1.1.6, 1.2.1, 1.6.1, 2.1.1, 2.1.2, 2.1.12 y 2.2.4), no PYME (medidas 1.1.3, 1.1.5, 1.1.6, 1.2.1, 1.6.1, 2.1.1, 2.1.2 y 2.1.12) y entidades sin ánimo de lucro (medidas 1.1.10, 2.1.4 y 2.1.12).

Periodo de ejecución

Proyectos anuales hasta el 30 de noviembre de 2026; proyectos plurianuales con plazo adicional hasta el 30 de noviembre de 2027.

Plazo de solicitud

20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM.

Forma de pago

Pago previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad subvencionada.

Requisitos clave

  • Reunir los requisitos generales establecidos en la orden de convocatoria
  • Reunir los requisitos específicos exigidos para cada medida concreta
  • El tipo de beneficiario (PYME, no PYME o entidad sin ánimo de lucro) determina las medidas a las que puede optar

Obligaciones posteriores

  • Justificar la realización de la actividad subvencionada antes del cobro
  • Proyectos anuales: plazo máximo de justificación el 30 de noviembre de 2026
  • Proyectos plurianuales: plazo máximo de justificación adicional hasta el 30 de noviembre de 2027

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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