Solicitable Abierta Local · Murcia

Apoyo económico para personas con enfermedad celíaca en Alhama de Murcia

Personas físicas empadronadas en Alhama de Murcia diagnosticadas de celiaquía

AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA · nº 935493

Título oficial: BASES POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS CON ENFERMEDAD CELIACA DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia concede ayudas económicas anuales a personas con enfermedad celíaca o intolerancia al gluten que cumplan los requisitos de empadronamiento e ingresos establecidos.

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Presupuesto

10.000 €

Plazo de solicitud

7 de 437 días

Quedan 430 días

Abrió 20/10 · cierra 31/12/2027

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Local · Murcia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

Hasta 350 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Ayudas económicas anuales a unidades familiares con uno o más miembros diagnosticados de enfermedad celíaca o intolerancia al gluten, sujetas a criterios económicos.

Quién puede solicitarla

Personas físicas empadronadas con al menos un año de antigüedad en Alhama de Murcia, diagnosticadas de enfermedad celíaca por médico especialista y que no superen el umbral de ingresos establecido. Los menores de edad pueden ser representados por sus padres o tutores legales.

Periodo de ejecución

Anual (convocatoria 2026/2027)

Plazo de solicitud

30 días hábiles desde la publicación de las bases en el BORM

Cómo se presenta

Registro del Ayuntamiento de Alhama de Murcia o cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015

Forma de pago

Pago por orden de registro de solicitudes completas hasta agotar el presupuesto disponible (10.000 €). Ingreso en cuenta bancaria del solicitante.

Requisitos clave

  • Empadronamiento en Alhama de Murcia con al menos un año de antigüedad a fecha de publicación en el BORM
  • Diagnóstico de enfermedad celíaca o intolerancia al gluten acreditado mediante certificado médico oficial
  • No superar el umbral de ingresos determinado por el Ayuntamiento
  • No estar incurso en las exclusiones de la base novena
  • En caso de menor de edad, la solicitud la presentan los padres o tutores legales, quienes deben cumplir los requisitos de residencia e ingresos

Documentación requerida

  • Certificado de empadronamiento actualizado del solicitante y miembros de la unidad familiar (mínimo un año de antigüedad)
  • Original o fotocopia compulsada del DNI o NIE del solicitante y de los afectados menores o incapacitados
  • Libro de familia que acredite el parentesco con el solicitante
  • Informe médico acreditativo de la condición de celíaco o intolerante al gluten (uno por cada miembro afectado)
  • Certificado o documento bancario con el IBAN del solicitante o perceptor
  • Certificado del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar con ingresos del año 2025; justificante de rentas exentas si procede
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias estatales y autonómicas

Exclusiones

  • Solicitantes que superen el umbral de ingresos establecido
  • Solicitantes incursos en las exclusiones de la base novena de la convocatoria
  • Solicitudes que no cumplan los requisitos mínimos exigidos en las bases

Obligaciones posteriores

  • Las ayudas son anuales y están sujetas a la capacidad económica del beneficiario y su unidad familiar en cada convocatoria
  • La concesión queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 31/12/2027 — quedan 430 días para solicitarla.

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