Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Ayudas agrícolas de la Solicitud Única PAC 2026 en La Rioja

Convocatoria 2026 de ayudas directas FEAGA, indemnización en zonas de montaña y desarrollo rural en La Rioja

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · nº 888027

Título oficial: Ayuda a la remolacha azucarera

Convocatoria 2026 de diversas líneas de ayudas incluidas en la Solicitud Única: pagos directos FEAGA del PEPAC, indemnización compensatoria en zonas de montaña de La Rioja y primas de mantenimiento y compensatorias de reforestaciones.

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Presupuesto

550.000 €

Plazo de solicitud

Quedan 152 días

Abrió 27/12 · cierra 27/12/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Detalle de la convocatoria

Objeto

Convocatoria para el ejercicio 2026 de ayudas directas financiadas por el FEAGA (PEPAC), indemnización compensatoria en zonas de montaña de La Rioja, compromisos medioambientales y climáticos de desarrollo rural, y primas de mantenimiento y compensatorias de reforestaciones concedidas anteriormente.

Quién puede solicitarla

Quienes reúnan los requisitos de cada orden reguladora. Para las primas de reforestación (Orden 37/2015): empresas privadas, familias e instituciones sin fines de lucro titulares de reforestaciones plantadas al amparo de ayudas de reforestación anteriores.

Periodo de ejecución

Campaña / ejercicio 2026

Plazo de solicitud

Del 1 de febrero al 30 de abril de 2026 para la Solicitud Única; modificaciones hasta el 31 de mayo de 2026; adaptación de parcelas monitorizadas hasta el 15 de septiembre de 2026

Requisitos clave

  • Cumplir los requisitos específicos establecidos en cada orden reguladora aplicable
  • Para primas de reforestación: ser titular de reforestaciones plantadas acogiéndose a ayudas de reforestación vigentes en su momento
  • Presentar la Solicitud Única en el plazo establecido (1 de febrero al 30 de abril de 2026)
  • En ecorrégimen de pastoreo extensivo: respetar la carga ganadera mínima flexibilizada (0,2 UGM en pastos húmedos y 0,1 UGM/ha en pastos mediterráneos)

Documentación requerida

  • Solicitud Única (presentada en el plazo habilitado)

Obligaciones posteriores

  • Posibilidad de modificar o incluir nuevas intervenciones hasta el 31 de mayo de 2026
  • Agricultores sujetos a monitorización de superficies pueden adaptar parcelas hasta el 15 de septiembre

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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