Financia actividades de internacionalización para entidades colaboradoras de ICEX
Asociaciones, federaciones y entidades colaboradoras reconocidas por ICEX
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, EP E. · nº 920927
Título oficial: Resolución de 21 de julio de 2026 de ICEX por la que se convocan entregas dinerarias sin contraprestación a las entidades colaboradoras en gestión de ayudas de ICEX para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027.
Entregas dinerarias sin contraprestación para que las entidades colaboradoras de ICEX financien actividades de promoción de la internacionalización previstas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027.
Presupuesto
1.000.000 €
Plazo de solicitud
3 de 494 díasQuedan 491 días
Abrió 25/07 · cierra 01/12/2027
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Digitalización
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de actividades de promoción de la internacionalización de la empresa española realizadas por entidades colaboradoras de ICEX durante 2027: ferias, pabellones, jornadas, misiones, bolsas de viaje, soportes de difusión, publicidad, investigación de mercados y otras actividades de internacionalización.
Quién puede solicitarla
Asociaciones, federaciones españolas de exportadores o entidades similares reconocidas como entidades colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE hasta el 1 de diciembre de 2027.
Requisitos clave
- Estar reconocida como entidad colaboradora de ICEX con Convenio firmado.
- La actividad y sus gastos deben realizarse con posterioridad a la aprobación del gasto por ICEX (salvo alquiler de espacio y decoración de stand para reservas previas).
- Las actividades deben estar previstas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027.
- Solo se consideran elegibles los gastos facturados por terceros distintos de la beneficiaria.
- La solicitud puede presentarse por un importe inferior al máximo si el gasto previsto es menor.
Gastos subvencionables
- Stand en ferias con asociaciones (presenciales y virtuales): alquiler de espacio, decoración, montaje/desmontaje, elementos audiovisuales, gastos de promoción.
- Pabellones informativos sectoriales (presenciales y virtuales): alquiler de espacio, decoración y gastos de promoción.
- Jornadas de asociaciones: alquiler de salas y equipos audiovisuales, decoración y gastos de promoción.
- Misiones directas y misiones estudio: bolsa de viaje para la asociación.
- Bolsas de viaje para asistencia a actividades promocionales en el extranjero.
- Soportes de difusión y promoción: directorios, catálogos, folletos, diseño y creación de páginas web, expositores.
- Compra de documentación externa: bases de datos, informes y documentación adquirida a terceros.
- Publicidad y campañas de promoción, investigación de mercados, estudios sectoriales, diseño y creación de webs.
- Otras actividades de internacionalización no incluidas en los apartados anteriores acreditadas como oportunidad para el sector.
Exclusiones
- Costes internos de la entidad colaboradora.
- Gastos de empresas vinculadas a la beneficiaria.
- Autofacturación de las entidades beneficiarias.
- Bolsas de viaje dentro del ámbito de la Unión Europea.
- Gastos de mantenimiento de páginas web.
- Elementos adicionales en stands: cafeteras, neveras, consumos eléctricos o de aire, dietas, parking.
Obligaciones posteriores
- ICEX podrá requerir la inclusión de su logo o del Ministerio de adscripción en el material promocional financiado.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 01/12/2027 — quedan 491 días para solicitarla.
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