Avido
No solicitable Cerrada Local · Barcelona

Apoyo económico para el Carnaval de Barberà del Vallès

Para el desarrollo del Carnaval en Barberà del Vallès

AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS · nº 885859

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS EN EL MARCO FESTIVO DE CARNAVAL. 2026

Esta convocatoria ofrece ayudas económicas para las actividades que se enmarquen en la celebración del Carnaval en Barberà del Vallès.

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Presupuesto

6.500 €

Plazo de solicitud

9 de 9 días

13/02/2026 — 22/02/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Barcelona

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 600 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Concesión de ayudas económicas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que participen en el marco festivo del Carnaval 2026 en Barberà del Vallès.

Quién puede solicitarla

Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en un registro público oficial, que desarrollen su programa de actividades en Barberà del Vallès y no tengan deudas ni justificaciones pendientes con el ayuntamiento.

Periodo de ejecución

Marco festivo del Carnaval 2026

Plazo de solicitud

10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Cómo se presenta

Sede electrónica del Ayuntamiento de Barberà del Vallès (http://www.bdv.cat/es/ayudas-economicas-entidades-y-asociaciones-culturales)

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituida
  • Estar inscrita en un registro público oficial (Generalitat de Catalunya, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia u otro)
  • Si la sede social está en Barberà del Vallès, estar inscrita y con datos actualizados en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Llevar a cabo el programa de actividades en Barberà del Vallès, siendo su ciudadanía la beneficiaria
  • No tener justificaciones ni deudas pendientes de convenios anteriores con el ayuntamiento
  • Acreditar no haber sido objeto de sanciones firmes ni sentencias condenatorias contra la Ley 17/2015 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres

Documentación requerida

  • Solicitud de ayuda
  • Anexo 4 - declaración responsable (acreditación de no haber sido sancionada por la Ley 17/2015)

Exclusiones

  • Entidades incluidas en alguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Obligaciones posteriores

  • Justificar la subvención concedida conforme a las bases reguladoras

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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