Avido
Solicitable Abierta Local · Gipuzkoa

Apoyo económico al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresas en Elgoibar

Autónomos y pymes con actividad o proyecto empresarial en Elgoibar

AYUNTAMIENTO DE ELGOIBAR · nº 908942

Título oficial: SUBVENCIONES PARA EL APOYO AL EMPRENDIMIENTO, AMPLIACIÓN O TRASLADO, CONSOLIDACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DIGITAL Y SUCESIÓN DE EMPRESAS 2026

El Ayuntamiento de Elgoibar convoca subvenciones para apoyar la creación de nuevas actividades económicas y la sucesión empresarial en el municipio, con especial atención a la recuperación de locales vacíos en el casco histórico.

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Presupuesto

72.000 €

Plazo de solicitud

47 de 142 días

Quedan 95 días

Abrió 11/06 · cierra 31/10/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Gipuzkoa

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo, Digitalización, Emprendimiento

Detalle de la convocatoria

Objeto

Cuatro líneas de subvención: creación de actividad económica (nuevas iniciativas empresariales) y sucesión/relevo empresarial. Incluye fomento de la ocupación de locales vacíos en el casco histórico de Elgoibar.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas con proyecto empresarial localizado en Elgoibar. Excluidas: empresas con participación pública, sociedades públicas, entidades de derecho público y fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2026 (inclusive).

Cómo se presenta

Electrónicamente a través de la página web municipal www.elgoibar.eus, con certificado digital.

Compatibilidad con otras ayudas

Las cuatro líneas son compatibles entre sí, excepto la línea de creación de actividad económica y la línea de sucesión de actividades económicas, que son incompatibles entre ellas.

Requisitos clave

  • Disponer de un proyecto empresarial localizado en el municipio de Elgoibar
  • No estar cumpliendo sanción administrativa o penal por discriminación por razón de sexo
  • No estar sancionado en virtud de la ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres
  • La actividad debe ajustarse a las condiciones recogidas en cada anexo de la convocatoria

Documentación requerida

  • Solicitud suscrita por el beneficiario o su representante
  • Documentación aneja según cada línea (detallada en los anexos correspondientes)
  • Certificado digital para presentación electrónica (B@K-Q, DNI electrónico, tarjeta IZENPE u otros)

Exclusiones

  • Empresas con participación pública
  • Sociedades públicas
  • Entidades de derecho público
  • Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro
  • Compatibilidad: la línea de creación y la línea de sucesión son incompatibles entre sí

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 31/10/2026 — quedan 95 días para solicitarla.

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