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No solicitable Cerrada Local · ALCALÁ DE HENARES

Apoyo económico a cofradías, hermandades y asociaciones religiosas de Alcalá de Henares

Junta de Cofradías, cofradías, hermandades y asociaciones religiosas de Alcalá de Henares

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES · nº 887996

Título oficial: Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 13-02-26, por el que se Convocan Ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías, Hermandades y Asociaciones Religiosas de la Ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades. Ejercicio 2026

Subvenciones del Ayuntamiento de Alcalá de Henares para financiar actividades de ornato, decoración, conservación patrimonial y festividades de cofradías, hermandades y asociaciones religiosas de la ciudad.

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Presupuesto

45.000 €

Plazo de solicitud

4 de 4 días

26/02/2026 — 02/03/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · ALCALÁ DE HENARES

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 35.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actividades de ornato, decoración, conservación patrimonial y diversas festividades de cofradías, hermandades y asociaciones religiosas de Alcalá de Henares.

Quién puede solicitarla

Junta de Cofradías, Cofradías Penitenciales, Cofradías de Gloria y Asociaciones Religiosas de Alcalá de Henares, según las bases reguladoras.

Periodo de ejecución

Ejercicio 2026; justificación de gastos antes del 30 de noviembre de 2026.

Plazo de solicitud

Desde el registro de la convocatoria en la BDNS hasta el 2 de marzo de 2026 (inclusive).

Cómo se presenta

Exclusivamente por medios electrónicos, preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, dirigidas a la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares.

Forma de pago

El 100 % del importe se abona anticipadamente con carácter "a justificar", antes de la realización de las actividades.

Condiciones económicas

  • Anticipo: hasta 100%

Requisitos clave

  • Ser Junta de Cofradías, Cofradía Penitencial, Cofradía de Gloria o Asociación Religiosa conforme al Punto III de las bases.
  • Presentar una sola solicitud por entidad para esta convocatoria.
  • Presentar la solicitud exclusivamente por medios electrónicos dentro del plazo establecido.

Gastos subvencionables

  • Ornato y decoración.
  • Conservación patrimonial.
  • Diversas festividades de cada cofradía o entidad religiosa.
  • Actos procesionales y culturales.

Exclusiones

  • Solicitudes no presentadas de forma electrónica en los lugares establecidos en la Ley 39/2015.
  • Solicitudes presentadas fuera del plazo establecido.

Obligaciones posteriores

  • Presentar la justificación de los gastos realizados en el ejercicio 2026 antes del 30 de noviembre de 2026.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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