Apoyo al funcionamiento y actividades de asociaciones vecinales en A Coruña
Asociaciones vecinales con sede en el municipio de A Coruña
AYUNTAMIENTO DE CORUÑA, A · nº 891240
Título oficial: Resolución de 4 de marzo de 2026, de la concejala delegada responsable del Área de Bienestar Social, Participación e Igualdad por la que se convocan subvenciones para apoyar el funcionamiento y la dinamización de actividades de AAVV en 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva para apoyar el funcionamiento y la dinamización de actividades de asociaciones vecinales con sede en A Coruña, articuladas en dos líneas: mantenimiento de sedes sociales y apoyo a programas o actividades.
Presupuesto
60.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días11/03/2026 — 10/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Coruña
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Apoyar el funcionamiento y la dinamización de actividades de asociaciones vecinales con sede en el término municipal de A Coruña, mediante dos líneas: mantenimiento de sedes sociales (25.000 €) y apoyo a programas, proyectos y/o actividades (35.000 €).
Quién puede solicitarla
Asociaciones de vecinos u otras entidades de carácter vecinal, legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, inscritas en el REMAC en la categoría VECINAL, con sede social en el término municipal de A Coruña.
Periodo de ejecución
Año 2026
Compatibilidad con otras ayudas
Incompatible con convenios nominativos del Ayuntamiento de A Coruña con el mismo objeto y finalidad en el mismo año.
Requisitos clave
- Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Coruñesas (REMAC) en la categoría VECINAL.
- Tener sede social en el término municipal de A Coruña.
- Tener objetivos y finalidades de interés vecinal coincidentes con el objeto de la subvención.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias (AEAT, Seguridad Social y Ayuntamiento de A Coruña) y de reintegros de subvenciones.
- Haber justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento de A Coruña (salvo que no haya vencido el plazo).
- Si la actividad implica menores, presentar declaración jurada de que todo el personal cumple el art. 57.1 de la LO 8/2021.
Documentación requerida
- Proyecto, programa o actividad detallado y presupuestado (Línea 2).
- Declaración jurada sobre cumplimiento del art. 57.1 LO 8/2021, si la actividad tiene como sujetos a menores de edad.
- Certificaciones acreditativas de estar al corriente con AEAT, Seguridad Social y Ayuntamiento (solo si la entidad se opone a la consulta de oficio).
Exclusiones
- Entidades beneficiarias en el mismo año de un convenio nominativo del Ayuntamiento de A Coruña con el mismo objeto y finalidad.
- Entidades sancionadas en firme por vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo.
- Entidades cuyos fines, estatutos o funcionamiento sean contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
- Entidades que incumplan las obligaciones de la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Actividades que discriminen por razón de sexo.
- Línea 1: entidades que dispongan de local municipal en régimen de cesión o uso gratuito como sede.
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención concedida en el plazo establecido.
- Mantener los requisitos de elegibilidad durante todo el plazo de ejecución de la actividad subvencionada.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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