Apoyo económico a deportistas riojanos con discapacidad
Deportistas con discapacidad reconocida empadronados en La Rioja
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD · nº 894410
Título oficial: Ayudas para deportistas riojanos discapacitados
Subvenciones para financiar gastos corrientes de deportistas con discapacidad oficialmente reconocida y resultados destacados en competiciones nacionales, con el fin de fomentar su progresión e integración social.
Presupuesto
13.000 €
Plazo de solicitud
41 de 41 días14/04/2026 — 25/05/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de gastos corrientes para fomentar la progresión e integración social de deportistas con discapacidad.
Quién puede solicitarla
Deportistas con discapacidad reconocida oficialmente, empadronados en La Rioja con al menos 2 años de antigüedad, con resultados destacados en competiciones nacionales en las dos temporadas anteriores a la convocatoria.
Plazo de solicitud
30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja
Cómo se presenta
Sede electrónica del Gobierno de La Rioja (larioja.org), Registro de la Dirección General de Deporte y Juventud (Gran Vía 56, Logroño), Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (C/ Beti-Jai, 1, Logroño) o cualquier medio previsto en el artículo 6 del Decreto 58/2004
Requisitos clave
- Discapacidad reconocida oficialmente mediante documento acreditativo
- Empadronamiento en La Rioja con antigüedad mínima de 2 años en el momento de la solicitud
- Resultados destacados en competiciones de carácter nacional en las dos temporadas anteriores
- Dedicación especial al deporte
Gastos subvencionables
- Gastos corrientes relacionados con la actividad deportiva
Documentación requerida
- Documento oficial acreditativo del grado de discapacidad
- Documentación prevista en el apartado octavo de la Resolución 521/2026, de 17 de marzo
Obligaciones posteriores
- Justificación de la subvención según lo dispuesto en el apartado decimocuarto de la Resolución 521/2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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