Avido
No solicitable Cerrada Estatal

Apoyo a proyectos que generen empleo agrario estable

Para la provincia de Córdoba

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE DE CÓRDOBA · nº 904909

Título oficial: Programa de Fomento de Empleo Agrario DP de Córdoba, del ejercicio 2026 para proyectos generadores de empleo estable.

Este programa fomenta la creación de empleo estable en el sector agrario a través de proyectos específicos. Su ámbito de aplicación es la provincia de Córdoba.

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Presupuesto

6.417.498 €

Plazo de solicitud

36 de 36 días

14/05/2026 — 19/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Empleo y conciliación

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvencionar costes salariales y cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por la contratación de trabajadores desempleados —preferentemente eventuales agrarios— para obras de interés general y social generadoras de empleo estable.

Quién puede solicitarla

Corporaciones locales o entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local de la provincia de Córdoba con capacidad técnica y de gestión suficiente para ejecutar los proyectos.

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE hasta el 19 de junio de 2026.

Cómo se presenta

Sede Electrónica del SEPE (https://sede.sepe.gob.es/portalSede/es/), mediante el formulario establecido al efecto.

Requisitos clave

  • Ser corporación local o entidad dependiente/vinculada a una Administración Local de la provincia de Córdoba
  • Disponer de capacidad técnica y de gestión suficiente para la ejecución de los proyectos
  • No incurrir en las circunstancias prohibidas del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 (Ley General de Subvenciones)
  • No incurrir en la circunstancia del artículo 3.5 de la Orden TAS 816/2005

Gastos subvencionables

  • Costes salariales de los trabajadores desempleados contratados
  • Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondientes a dichas contrataciones

Exclusiones

  • Entidades en quienes concurran las circunstancias del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Entidades en quienes concurra la circunstancia del artículo 3.5 de la Orden TAS 816/2005, de 21 de marzo

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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