Avido
No solicitable Cerrada Estatal

Apoyo a proyectos de fotografía: creación, conservación y difusión

Entidades sin ánimo de lucro y entidades con ánimo de lucro del sector fotográfico

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y BELLAS ARTES · nº 903054

Título oficial: Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de la fotografía, correspondientes al año 2026

Ayudas en concurrencia competitiva para proyectos en el ámbito fotográfico que abarquen actividades como creación, comisariado, producción, formación, investigación, conservación, digitalización, archivo o difusión del patrimonio fotográfico español.

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Presupuesto

1.000.000 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

06/05/2026 — 25/05/2026

Beneficiarios

Gran empresa, Otro, Autónomo, PYME

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de proyectos en el ámbito fotográfico: creación, comisariado, producción, formación, investigación, conservación, preservación, restauración, documentación, digitalización, archivo, difusión y divulgación del patrimonio fotográfico español.

Quién puede solicitarla

Tipo A: entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, museos, centros de formación, cooperativas, grupos de investigación, galerías, agrupaciones fotográficas, festivales, etc.). Tipo B: entidades con ánimo de lucro (escuelas, editoriales, galerías y empresas con trabajos artísticos o vinculados a conservación, investigación y documentación fotográfica). Cada solicitante solo puede optar a uno de los dos tipos.

Periodo de ejecución

Del 1 de junio de 2026 al 31 de mayo de 2027

Plazo de solicitud

15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE

Compatibilidad con otras ayudas

Los dos tipos de ayuda (A y B) son incompatibles entre sí; cada solicitante solo puede pedir uno de ellos.

Requisitos clave

  • Ser entidad con personalidad jurídica propia
  • Realizar proyectos en el ámbito fotográfico
  • No pertenecer al Sector Público ni a consorcios o mancomunidades de mayoría pública
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • Solicitar únicamente uno de los dos tipos de ayuda (A o B), que son incompatibles entre sí

Exclusiones

  • Entidades que integran el Sector Público (art. 2 Ley 40/2015)
  • Consorcios, mancomunidades u otras personificaciones públicas constituidas mayoritariamente por Administraciones Públicas
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y unidades económicas sin personalidad jurídica
  • Entidades incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003

Obligaciones posteriores

  • La actividad subvencionable deberá ejecutarse como máximo hasta el 31 de mayo de 2027

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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