Apoyo a proyectos de atención social a víctimas de explotación sexual y trata en Galicia
Entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro con domicilio o delegación en Galicia
CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD · nº 884182
Título oficial: Orden de 9 de enero de 2026 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos de atención social integral dirigidos a personas en situación de e
Subvenciones en dos líneas para proyectos de atención social integral a personas en situación de explotación sexual o víctimas de trata, y para proyectos de información, prevención y sensibilización en esta materia, en Galicia.
Presupuesto
855.000 €
Plazo de solicitud
27 de 27 días04/02/2026 — 03/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Galicia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 80.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de proyectos de atención social integral a personas en situación de explotación sexual (preferentemente inmigrantes) y/o víctimas de trata con fines de explotación sexual (Línea 1), y de proyectos de información, prevención, sensibilización y apoyo a víctimas en materia de trata y explotación sexual (Línea 2), en Galicia.
Quién puede solicitarla
Entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de Galicia, con domicilio social o delegación en la Comunidad Autónoma.
Periodo de ejecución
Año 2026
Plazo de solicitud
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Requisitos clave
- Estar inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (Decreto 254/2011).
- Carecer de ánimo de lucro.
- Tener domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.
- No encontrarse en ninguna de las situaciones del artículo 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
- Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la orden y en la normativa general de subvenciones.
Documentación requerida
- Declaración responsable de la persona representante de la entidad acreditando no estar incursa en las circunstancias del artículo 10 de la Ley 9/2007.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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