No solicitable Cerrada Autonómica · Galicia

Programas integrados de empleo en Galicia

Ayuntamientos, mancomunidades y entidades sin ánimo de lucro en Galicia

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · nº 920668

Título oficial: ORDEN del 9 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas integrados de empleo de Galicia, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento TR332A)

Subvenciones para desarrollar programas integrados de empleo con intermediación laboral, orientados a mejorar la ocupabilidad e inserción laboral de personas desempleadas en Galicia durante 12 meses.

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Presupuesto

11.000.000 €

Plazo de solicitud

28 de 28 días

27/07/2026 — 24/08/2026

Beneficiarios

Gran empresa, Persona física, Otro, Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Galicia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

Hasta 230.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de programas integrados de empleo con intermediación laboral para mejorar la ocupabilidad e inserción laboral de personas trabajadoras en situación de desempleo en Galicia, con una duración de 12 meses.

Quién puede solicitarla

Ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos o entidades públicas dependientes/vinculadas a un ayuntamiento (con promedio de paro registrado en 2025 superior a 400 personas, salvo agrupaciones de al menos 3 ayuntamientos); y entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro cuyo objeto social incluya el acompañamiento a personas desempleadas o la inserción laboral.

Periodo de ejecución

12 meses desde el inicio del programa

Plazo de solicitud

Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia

Requisitos clave

  • Ayuntamientos o entidades vinculadas: promedio de paro registrado en 2025 superior a 400 personas en el ámbito territorial del programa (salvo agrupaciones de ≥3 ayuntamientos, o 2 si uno es resultado de fusión).
  • Las agrupaciones de ayuntamientos deben ser limítrofes o pertenecer a la misma comarca, con un máximo de 10 miembros.
  • Entidades sin ánimo de lucro: deben incluir en sus estatutos el acompañamiento a personas desempleadas o la inserción laboral como fin u objeto social.
  • El programa debe desarrollarse en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y durante un período de 12 meses.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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