Apoyo a programas de interés general con fines sociales
En Galicia
CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD · nº 914904
Título oficial: Orde de 12 de xuño de 2026, pola que se establecen as bases reguladoras e se convoca o procedemento para a concesión de subvencións destinadas á realización de programas de interese xeral para fins de carácter social, con cargo á asignación tributaria do
Estas subvenciones están dirigidas a la realización de programas de interés general. Su objetivo es apoyar iniciativas con fines de carácter social en la comunidad autónoma de Galicia.
Presupuesto
35.505.010 €
Plazo de solicitud
31 de 31 días26/06/2026 — 27/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Galicia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del IRPF, en diversas líneas de actuación (programas e inversiones).
Quién puede solicitarla
Entidades del tercer sector de acción social (según art. 2 Ley 43/2015) y Cruz Roja Española, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas con al menos 2 años de antelación, inscritas en el registro autonómico correspondiente y con experiencia mínima de 2 años en Galicia en la línea solicitada. También agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica que cumplan los mismos requisitos.
Requisitos clave
- Estar legalmente constituida con al menos 2 años de antelación a la publicación en el DOG
- Inscripción en el registro administrativo autonómico correspondiente (RUEPSS u otro según línea)
- Carecer de ánimo de lucro y acreditarlo conforme a la Ley 49/2002
- No estar incursa en ninguna de las situaciones del art. 10.2 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia
- Fines institucionales estatutarios acordes con los programas sociales solicitados
- Acreditar experiencia y especialización mínima de 2 años en Galicia en la gestión de programas de la misma línea solicitada
Documentación requerida
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones del art. 10.2 Ley 9/2007
- Declaración responsable de carecer de ánimo de lucro (no reparto de beneficios, destino del patrimonio a fines sociales, gratuidad del órgano de gobierno)
- Declaración responsable de experiencia y especialización mínima de 2 años en la línea solicitada y de disponer de medios personales y materiales
- Acuerdo de agrupación (en caso de entidades sin personalidad jurídica), con compromisos de ejecución
Exclusiones
- Entidades con ánimo de lucro
- Entidades constituidas con menos de 2 años de antelación a la convocatoria (salvo subrogación o agrupaciones con requisito cumplido por integrantes)
- Entidades incursas en las prohibiciones del art. 10.2 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia
- Entidades integradas en federaciones/confederaciones que presenten solicitud de forma individual (deben hacerlo a través de la entidad federativa)
Obligaciones posteriores
- Mantener todos los requisitos de elegibilidad durante todo el período de ejecución del programa o proyecto subvencionado
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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