Apoyo a los gastos corrientes de asociaciones vecinales de Valencia 2026
Asociaciones Vecinales inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Valencia
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA · nº 896352
Título oficial: SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES PARA GASTOS CORRIENTES DEL AÑO 2026
El Ayuntamiento de Valencia convoca subvenciones para cubrir los gastos corrientes de funcionamiento y gestión de las Asociaciones Vecinales del municipio. La dotación total es de 100.000 euros, con importes por entidad de hasta 3.000 euros.
Presupuesto
100.000 €
Plazo de solicitud
102 de 166 díasQuedan 64 días
Abrió 17/04 · cierra 30/09/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 4.500 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Sufragar los gastos corrientes derivados del mantenimiento y gestión de la actividad de las Asociaciones Vecinales del municipio de Valencia, con posibilidad de incremento para entidades con programa de actividades conmemorativas de 50 o más años de antigüedad.
Quién puede solicitarla
Asociaciones Vecinales sin ánimo de lucro del municipio de Valencia, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, con domicilio social y ámbito de actuación en la ciudad de Valencia.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026
Plazo de solicitud
Del 1 al 30 de septiembre de 2026 (fechas fijas preestablecidas).
Requisitos clave
- Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas con anterioridad a la publicación del extracto en el BOP.
- Indicar expresamente en el nombre 'Asociaciones de Vecinos' o 'Asociación Vecinal'.
- Tener domicilio social y ámbito de actuación en la ciudad de Valencia.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Valencia.
- Haber justificado correctamente cualquier subvención anterior otorgada por el Ayuntamiento de Valencia (salvo que no haya vencido el plazo de justificación).
Gastos subvencionables
- Arrendamiento del local sede y arrendamiento ocasional de espacios para reuniones.
- Mantenimiento de locales y suministros (limpieza, electricidad, teléfono, Internet).
- Material de oficina fungible, ediciones de imprenta o publicidad.
- Mantenimiento de equipos informáticos, páginas web, seguros, gestorías, asesorías.
- Cuotas de federaciones y/o coordinadoras y tributos.
- Gastos de restauración y similares relacionados con actividades conmemorativas de 50 o más años de antigüedad (solo para las entidades que desarrollen dicho programa).
Exclusiones
- Entidades incursas en las circunstancias de los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Entidades con deuda pendiente con el Ayuntamiento de Valencia.
Obligaciones posteriores
- La justificación de la subvención se realiza en el mismo momento de presentación de la solicitud, del 1 al 30 de septiembre de 2026.
- Notificar al Registro Municipal de Entidades Ciudadanas cualquier modificación de los datos de la entidad.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 30/09/2026 — quedan 64 días para solicitarla.
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