Apoyo a la producción lechera de vacuno, ovino y caprino ligada a tierra en Cantabria
Titulares de explotaciones lecheras de vacuno, ovino y caprino en Cantabria
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · nº 902514
Título oficial: CONVOCATORIA AYUDAS DE MINIMIS PARA EL APOYO A LA PRODUCCIÓN LECHERA DEL GANADO VACUNO, OVINO Y CAPRINO LIGADA A TIERRA PARA EL AÑO 2026
Ayudas de minimis en concurrencia competitiva para explotaciones de ganado vacuno, ovino y caprino productoras de leche ligadas a tierra en Cantabria, con una ayuda máxima de 6.000 € por explotación y año.
Presupuesto
730.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días07/05/2026 — 06/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 6.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la producción lechera de ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra en explotaciones de Cantabria, calculada en función de las UGM y la densidad ganadera de la explotación.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes titulares de una explotación de ganado vacuno, ovino y/o caprino inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria que entreguen leche cruda a la industria o la transformen directamente en la explotación.
Periodo de ejecución
Año 2026
Plazo de solicitud
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Cómo se presenta
Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación (Santander), Oficinas Comarcales de la Consejería o cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018.
Requisitos clave
- Explotación inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria.
- Entrega de leche cruda a primeros compradores registrados bajo contrato homologado, o transformación directa en la explotación (venta directa).
- En caso de venta directa: registro en Letra Q, análisis mensuales de muestras de leche y declaraciones anuales en FEGA.
- Cumplimiento de la normativa vigente en medio ambiente, bienestar y sanidad animal, identificación y registro de animales e higiene de la producción primaria.
- No haber sido sancionado con falta grave o muy grave por incumplimiento de la normativa citada en el año anterior a la publicación de la convocatoria.
Gastos subvencionables
- Bovinos de producción lechera presentes en la explotación a fecha de publicación, valorados en UGM según categoría de animal.
- Ovino y caprino: cada oveja o cabra parida o mayor de un año, valorada a 0,15 UGM.
- Bovinos de raza pasiega en ordeño inscritos en el Libro de Registro Genealógico (con prima adicional de 100 €/UGM).
Exclusiones
- Explotaciones dedicadas exclusivamente a la recría de terneras, corderas o cabritas de aptitud lechera.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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