Apoyo a la participación en UNICO IPCEI CIS para infraestructuras digitales
Para grandes empresas en el ámbito de las telecomunicaciones e infraestructuras digitales en España.
SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES · nº 899339
Título oficial: Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales de ayudas a participantes directos en el programa UNICO IPCEI CIS, tercera convocatoria - 2026, en el marco del PRTR - financiado por UE - NextGeneratioEU
Esta convocatoria ofrece ayudas a grandes empresas que sean participantes directos en el programa UNICO IPCEI CIS, impulsando el desarrollo de infraestructuras digitales y telecomunicaciones en España.
Presupuesto
2.853.548 €
Plazo de solicitud
22/04/2026 — —
Beneficiarios
Gran empresa
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Digitalización, I+D e innovación tecnológica, Inversiones productivas
Cuantía por beneficiario
(hasta 90% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Concesión de un segundo tramo de ayudas para el Subprograma IPCEI-CIS, orientado a nube de próxima generación, capacidades de borde, digitalización e I+D+i, con primer despliegue industrial de nube federada a nivel europeo.
Quién puede solicitarla
Entidades que cumplan los requisitos del artículo 8 de la Orden ETD/1236/2023 por estar incluidas en la Decisión de la Comisión Europea C(2023) 8552 final, de 5 de diciembre.
Periodo de ejecución
Desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2026, según las fechas que figuren en la resolución de concesión.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE hasta el quinto día hábil a las 13:00 horas desde dicha publicación.
Cómo se presenta
Tramitación electrónica (sede electrónica).
Forma de pago
Pago anticipado tras la resolución de concesión, previa constitución de garantías por el 100 % del importe anticipado.
Compatibilidad con otras ayudas
Las ayudas obtenidas al amparo de la Decisión C(2023) 8552 final no pueden superar la cuantía máxima autorizada en dicha Decisión.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 100%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- Estar incluida en la Decisión de la Comisión Europea C(2023) 8552 final de 5 de diciembre.
- Cumplir los requisitos del artículo 8 de la Orden ETD/1236/2023, de 14 de noviembre.
- Tramitación exclusivamente electrónica.
- Constitución previa de garantías por el 100 % del importe del pago anticipado.
Obligaciones posteriores
- Justificación final de las ayudas antes del 30 de junio de 2026.
- Las actuaciones no podrán superar la cuantía máxima autorizada en la Decisión de la Comisión Europea C(2023) 8552 final.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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