Avido
No solicitable Cerrada Local · Bizkaia

Apoyo a la organización de fiestas tradicionales y de barrio en Portugalete

Entidades socioculturales sin ánimo de lucro con domicilio en Portugalete

AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE · nº 905155

Título oficial: Decreto de Alcaldía, de fecha 8 de mayo de 2026, por el que se aprueba la Convocatoria 2026 de ayudas destinadas a apoyar las Fiestas tradicionales y de barrio de Portugalete

Subvenciones para entidades socioculturales sin ánimo de lucro que organicen las fiestas de barrio y fiestas tradicionales de Portugalete no gestionadas directamente por el Ayuntamiento.

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Presupuesto

77.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

22/05/2026 — 20/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Bizkaia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar la organización y celebración de las fiestas de San Antonio, Virgen de la Guía, San Cristóbal, San Nicolás, La Cruz, La Florida y Ázeta, no gestionadas directamente por el Ayuntamiento de Portugalete.

Quién puede solicitarla

Asociaciones y entidades socioculturales sin ánimo de lucro con domicilio social principal en Portugalete, inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco, con fines culturales en sus estatutos y que acrediten trayectoria o compromiso en materia de igualdad de mujeres y hombres.

Plazo de solicitud

Un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia

Cómo se presenta

Vía telemática, a través de la sede electrónica municipal o de los restantes registros electrónicos previstos en la Ley 39/2015

Compatibilidad con otras ayudas

La subvención no puede superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad a desarrollar

Requisitos clave

  • Domicilio social principal en Portugalete
  • Inscripción en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco
  • Fines culturales recogidos en los estatutos de la entidad
  • Acreditar trayectoria en igualdad de mujeres y hombres, o tenerla como fin estatutario, o que el personal ejecutor tenga formación específica en igualdad
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Estar al corriente de pago de reintegros de subvenciones anteriores

Exclusiones

  • Entidades incursas en los supuestos del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones
  • Solicitudes discriminatorias por razón de sexo o por factores de discriminación múltiple
  • Entidades sancionadas administrativa o penalmente por discriminación por razón de sexo o incumplimiento de normativa de igualdad, durante el periodo de sanción
  • La subvención no puede superar el coste total de la actividad, aislada o en concurrencia con otras ayudas

Obligaciones posteriores

  • Reintegrar la financiación pública en el importe que supere el coste total de la actividad subvencionada

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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