Ayuda de 1.500 € por nacimiento, adopción o acogimiento en Parada de Sil
Progenitores, tutores y acogedores empadronados en Parada de Sil
AYUNTAMIENTO DE PARADA DE SIL · nº 924607
Título oficial: Bases reguladoras para la concesión de ayudas de apoiy a la natalidad y convocatoria para 2026
El Ayuntamiento de Parada de Sil concede 1.500 € por cada menor nacido, adoptado, acogido o sujeto a tutela desde el 1 de enero de 2026, en régimen de concurrencia no competitiva.
Presupuesto
0,00 €
Plazo de solicitud
53 de 102 díasQuedan 49 días
Abrió 04/09 · cierra 15/12/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Local · Ourense
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 1.500 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Ayudas de 1.500 € por cada menor nacido, adoptado, acogido o sujeto a tutela desde el 1 de enero de 2026, destinadas a sufragar gastos vinculados al cuidado y bienestar del menor.
Quién puede solicitarla
Progenitores, tutores y personas acogedoras empadronadas ininterrumpidamente en Parada de Sil al menos 1 año antes del nacimiento, adopción, acogimiento o constitución de tutela, y con el menor inscrito en el padrón municipal.
Periodo de ejecución
Gastos realizados con posterioridad al nacimiento, adopción, tutela o acogimiento y hasta las fechas previstas en la base undécima de la convocatoria.
Plazo de solicitud
Nacimientos/adopciones entre 01/01/2026 y 30/11/2026: desde el día siguiente a la publicación en el BOP de Ourense hasta el 15 de diciembre de 2026. Nacimientos/adopciones entre 01/12/2026 y 31/12/2026: hasta el 15 de enero de 2027. Beneficiarios de convocatorias anteriores (anualidad 2026): hasta el 30 de septiembre de 2026.
Cómo se presenta
Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Parada de Sil (https://paradadesil.sedelectronica.gal), mediante certificado electrónico reconocido o calificado. No se admite ningún otro medio.
Requisitos clave
- Empadronamiento ininterrumpido en Parada de Sil al menos 1 año antes del hecho causante
- El menor debe constar inscrito en el padrón municipal en la fecha de presentación de la solicitud
- Compromiso de mantener el empadronamiento del solicitante y del menor durante los 2 años siguientes a la concesión
- Estar al corriente de obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento, la AEAT y la Seguridad Social
- El nacimiento, adopción, acogimiento o tutela debe haberse producido desde el 1 de enero de 2026
- Cada menor da derecho a una única ayuda
Gastos subvencionables
- Productos de alimentación infantil, leche y pañales
- Ropa, calzado, cunas, carritos y artículos de puericultura
- Medicamentos o productos sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social
- Otros gastos debidamente justificados como necesarios para el cuidado del menor
- Los gastos deben ser posteriores al nacimiento, adopción, tutela o acogimiento
Documentación requerida
- DNI, NIE, pasaporte u otro documento identificativo del solicitante
- Certificado de empadronamiento (salvo autorización de consulta)
- Certificación literal de inscripción de nacimiento expedida por el Registro Civil
- Resolución judicial o administrativa de adopción, tutela o acogimiento (si procede)
- Certificación de estar al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT y la Seguridad Social
Exclusiones
- Solicitudes presentadas por medios distintos a la sede electrónica municipal
Obligaciones posteriores
- Mantener el empadronamiento del solicitante y del menor de forma ininterrumpida durante los 2 años siguientes a la concesión
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 15/12/2026 — quedan 49 días para solicitarla.
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