Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Extremadura

Apoyo a inversiones para crear y desarrollar empresas no agrícolas

Para autónomos y pymes en zonas rurales de Cáceres

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL · nº 898134

Título oficial: Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales (Intervención 7119 PEPAC), s/ I Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ADISGATA

Estas ayudas están destinadas a autónomos y pymes para financiar inversiones que permitan la creación y el desarrollo de empresas y actividades económicas no agrícolas en zonas rurales de Cáceres.

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Presupuesto

500.000 €

Plazo de solicitud

93 de 93 días

21/04/2026 — 23/07/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Extremadura

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 195.000 € (hasta 65% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar proyectos de inversión en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales de la comarca de Sierra de Gata, bajo metodología LEADER (PEPAC 2023-2027).

Quién puede solicitarla

Personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones, incluidas comunidades de bienes. Las empresas deben tener la consideración de micro, pequeña o mediana empresa conforme a la Recomendación 2003/361/CE.

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOE hasta el 23 de julio de 2026, ambos inclusive.

Requisitos clave

  • Desarrollar proyectos de inversión en actividades no agrícolas en la comarca de Sierra de Gata
  • En caso de empresas, cumplir los requisitos de micro, pequeña o mediana empresa (Recomendación 2003/361/CE)
  • Cumplir las condiciones establecidas en el Decreto 78/2024, de 23 de julio

Gastos subvencionables

  • Inversiones en creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales

Exclusiones

  • Actividades agrícolas

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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