Apoyo a entidades sin ánimo de lucro de víctimas del terrorismo en La Rioja
Asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro en La Rioja
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES · nº 886639
Título oficial: Convocatoria subs asoci, funds e isfl Victimas terrorismo
Subvenciones en concurrencia competitiva para asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados por el terrorismo en La Rioja.
Presupuesto
30.000 €
Plazo de solicitud
27 de 27 días13/02/2026 — 12/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 15.000 € (hasta 50% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Ayudas a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados por el terrorismo en La Rioja, al amparo del Título V de la Ley 4/2018.
Quién puede solicitarla
Asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados por el terrorismo en La Rioja, conforme al artículo 2 de la Orden SSG/44/2021.
Periodo de ejecución
Gastos justificables hasta el 30 de noviembre de 2026
Plazo de solicitud
20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja
Cómo se presenta
Telemática mediante el modelo de solicitud Anexo I, a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (larioja.org/oficina-electronica)
Requisitos clave
- Cumplir los requisitos del artículo 2 de la Orden SSG/44/2021, de 12 de julio
- Tener como objeto principal la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados por el terrorismo en La Rioja
- Ser asociación, fundación, entidad o institución sin ánimo de lucro
Gastos subvencionables
- Gastos de las actividades subvencionadas que reúnan los requisitos exigidos en las bases reguladoras
Documentación requerida
- Modelo de solicitud (Anexo I de la convocatoria)
- Documentos indicados en los Anexos de la Resolución de convocatoria
Obligaciones posteriores
- Justificar el 100% de los gastos subvencionables realizados ante la Dirección General de Justicia e Interior antes del 30 de noviembre de 2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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