Apoyo a entidades que colaboran en medidas alternativas a la prisión
Fundaciones, asociaciones y ONG sin fines lucrativos · España
SECRETARÍA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS · nº 896955
Título oficial: Extracto Resolución 3 de abril 2026 de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, se convoca la subvención para colaboración en ejecución y seguimiento de medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados prog atencion social
Subvenciones para fundaciones, asociaciones y ONG que colaboren en la ejecución y seguimiento de medidas alternativas a la pena privativa de libertad y en la asistencia a penados en libertad condicional.
Presupuesto
400.000 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días09/04/2026 — 29/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Favorecer la colaboración en la ejecución y seguimiento de las reglas de conducta competencia de la Administración Penitenciaria (art. 83.1.6º, 7º y 8º del Código Penal) y la asistencia a penados en libertad condicional durante ese período de la condena.
Quién puede solicitarla
Fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales previstas en el artículo 2.a), b) y c) de la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE
Cómo se presenta
Exclusivamente electrónico a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior: https://sede.mir.gob.es
Requisitos clave
- Ser fundación, asociación u ONG incluida en el art. 2.a), b) o c) de la Ley 49/2002
- Presentar solicitud exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior
- Acompañar la documentación indicada en el art. 5.5 de las bases reguladoras y los anexos de la convocatoria
Documentación requerida
- Documentación indicada en el artículo 5.5 de la Orden INT/555/2022 (bases reguladoras)
- Anexos incorporados a la convocatoria
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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