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No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Apoyo a entidades protectoras de animales de compañía en La Rioja

Entidades de protección animal sin ánimo de lucro en La Rioja

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · nº 898203

Título oficial: Apoyo a asociaciones protectoras para la adopcion de animales de compañia

Subvenciones en concurrencia competitiva para entidades de protección animal sin ánimo de lucro de La Rioja que realicen actuaciones de apoyo y fomento de la adopción de animales de compañía.

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Presupuesto

20.000 €

Plazo de solicitud

13 de 13 días

16/04/2026 — 29/04/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Economía rural y medioambiente

Detalle de la convocatoria

Objeto

Actuaciones de apoyo y fomento de la adopción de animales de compañía en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Quién puede solicitarla

Entidades de protección animal sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y no pertenecientes al sector público.

Periodo de ejecución

Desde el 1 de enero de 2026 hasta el 20 de noviembre de 2026 (fecha límite de justificación).

Plazo de solicitud

10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cómo se presenta

Sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25699)

Forma de pago

Pago a solicitud del beneficiario, previa presentación de memoria y documentación justificativa. Fecha límite de solicitud de pago: 20 de noviembre de 2026.

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras ayudas según lo especificado en el artículo 11 de la Orden AGM/40/2025, sin que ninguna ayuda pueda superar el coste real de la actividad.

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituida como entidad de protección animal sin ánimo de lucro
  • No pertenecer al sector público
  • Cumplir los requisitos del artículo 3 de la Orden AGM/40/2025
  • Las actividades deben emprenderse o realizarse desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de justificación
  • Ninguna ayuda puede superar el coste real de la actividad

Gastos subvencionables

  • Actuaciones establecidas en el artículo 5 de la Orden AGM/40/2025 de apoyo y fomento de la adopción de animales de compañía

Documentación requerida

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo disponible en sede electrónica)
  • Documentación establecida en el artículo 7.3 de la Orden AGM/40/2025
  • Alta en el sistema de notificaciones electrónicas del Gobierno de La Rioja (si no se dispone de ella)

Exclusiones

  • Entidades pertenecientes al sector público
  • Entidades con ánimo de lucro

Obligaciones posteriores

  • Presentar solicitud de pago ante la Dirección General con competencias en ganadería antes del 20 de noviembre de 2026
  • Acompañar la solicitud de pago con memoria y documentación justificativa (artículo 12 de la Orden AGM/40/2025)
  • Justificar la subvención antes del 20 de noviembre de 2026

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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