Apoyo a entidades locales de La Rioja para gastos de sus miembros
Entidades locales de La Rioja (ayuntamientos y entidades locales menores)
CONSEJERÍA DE POLÍTICA LOCAL, INFRAESTRUCTURAS Y LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN · nº 886354
Título oficial: Convocatoria 2026 Subvención gastos miembros corporación EELL
Subvenciones a entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a sus miembros y gastos de representación, convocatoria 2026.
Presupuesto
198.100 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días18/02/2026 — 10/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las entidades locales de La Rioja y sus gastos de representación.
Quién puede solicitarla
Entidades locales de La Rioja: ayuntamientos y entidades locales menores.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026 (justificación hasta el 30 de noviembre de 2026)
Plazo de solicitud
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja
Cómo se presenta
Página web del Gobierno de La Rioja (modelo oficial de solicitud en larioja.org)
Forma de pago
Según lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Orden de bases 8/2014
Requisitos clave
- Ser entidad local de La Rioja (ayuntamiento o entidad local menor)
- Presentar solicitud según el modelo oficial disponible en la web del Gobierno de La Rioja
- Cumplir lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de bases 8/2014
Gastos subvencionables
- Indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de la corporación local
- Gastos de representación de los miembros de la corporación local
Documentación requerida
- Solicitud según modelo oficial disponible en la web del Gobierno de La Rioja
- Certificaciones justificativas de los gastos realizados (para la justificación)
Obligaciones posteriores
- Presentar certificaciones justificativas de los gastos realizados antes del 30 de noviembre de 2026
- Justificar la aplicación de las subvenciones conforme a los artículos 8 y 9 de la Orden de bases 8/2014
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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