Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Fene para 2026
Entidades sin ánimo de lucro con sede y actividad en el Ayuntamiento de Fene
AYUNTAMIENTO DE FENE · nº 927219
Título oficial: RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 765, DEL 16.06.2026, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURERENCIA COMPETITIVA, A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA EL AÑO 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva para apoyar el funcionamiento, las instalaciones y las actividades culturales, deportivas y educativas de entidades sin ánimo de lucro de Fene.
Presupuesto
105.100 €
Plazo de solicitud
05/09/2026 — —
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Coruña
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
(hasta 80% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar el funcionamiento ordinario, el mantenimiento de instalaciones y la realización de actividades culturales, deportivas y educativas de entidades sin ánimo de lucro del municipio de Fene.
Quién puede solicitarla
Entidades sin ánimo de lucro con sede y actividades en el Ayuntamiento de Fene, legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y al corriente de justificaciones de subvenciones anteriores.
Periodo de ejecución
Actividades culturales y ANPAS: ejercicio 2026. Entidades deportivas: año 2026 y temporada 2026-2027 (con las especificidades por modalidad deportiva indicadas en las bases).
Cómo se presenta
Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y, según las bases, sede o registro del Ayuntamiento de Fene
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras subvenciones salvo que el importe de estas últimas alcance el 100% del coste de la actividad; en ese caso, la actividad queda excluida de esta convocatoria.
Requisitos clave
- Carecer de ánimo de lucro
- Tener sede y desarrollar actividades en el Ayuntamiento de Fene
- Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones correspondiente con datos actualizados
- Estar inscrita y actualizada en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Fene
- No estar incursa en las causas de incompatibilidad del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Tener debidamente justificadas y aprobadas las subvenciones municipales de años anteriores, sin procedimientos de reintegro abiertos
Gastos subvencionables
- Gastos corrientes de funcionamiento de la entidad (teléfono, internet, gestoría, web, consumibles de oficina, etc.) — gestoría al 100%
- Gastos corrientes derivados de actividades culturales (celebraciones, exposiciones, concursos, excursiones, conferencias, fiestas, romerías, escuelas culturales…)
- Gastos corrientes de participación en competiciones deportivas (inscripciones, desplazamientos, alquiler de vehículos, equipaciones, fichas federativas y mutualidades de la temporada 2026-2027)
- Gastos de mantenimiento de instalaciones de titularidad o cesión (luz, gasóleo, pequeñas obras de conservación no consideradas inversión)
- Material no inventariable y compras de bienes corrientes
- Gastos de organización de actividades educativas (escuelas, excursiones, festivales y otras actividades de interés educativo)
Exclusiones
- Adquisición de bienes inventariables (inmuebles, vehículos, equipos informáticos, maquinaria o cualquier bien de inversión)
- Gastos financieros, notariales, registrales, periciales, multas, sanciones y sobrecargas administrativas o penales, ni tributos directos
- Alimentación (desayunos, pinchos, bebidas…), salvo productos típicos de fiestas tradicionales expresamente indicadas
- Tributos municipales abonados al Ayuntamiento (tasas de agua, saneamiento, instalaciones deportivas) ni precios públicos
- Actividades ya cubiertas por convenio de colaboración o subvención directa o indirecta del Ayuntamiento
- Actividades subvencionadas al 100% por otras convocatorias o planes de otras administraciones públicas (Xunta de Galicia, Diputación de A Coruña)
Obligaciones posteriores
- Justificar debidamente las subvenciones recibidas ante el Ayuntamiento de Fene
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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