Compensa la caída de ingresos en tu comercio afectado por obras
Comercios minoristas y servicios personales en Zaragoza afectados por obras en vía pública
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA · nº 917169
Título oficial: Convocatoria de Subvenciones de comercios afectados por oobras 2026
Subvenciones para compensar el descenso de ingresos de establecimientos comerciales minoristas y de servicios personales situados en tramos de Zaragoza afectados por obras en la vía pública de duración superior a seis meses.
Presupuesto
150.000 €
Plazo de solicitud
10/07/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo
Detalle de la convocatoria
Objeto
Compensar el descenso de ingresos sufrido por establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios personales en Zaragoza afectados por obras en la vía pública de duración prevista superior a seis meses, iniciadas en 2026 o prolongadas desde el último trimestre de 2025.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y microempresas titulares de un establecimiento comercial minorista o de servicios personales en planta baja, a pie de calle, en los tramos afectados por obras recogidos en el Anexo I, en funcionamiento antes del inicio de la obra y activos durante el periodo de afección.
Periodo de ejecución
Último trimestre de 2025 y primeros tres trimestres de 2026 (hasta septiembre de 2026)
Requisitos clave
- Local en planta baja con acceso directo a pie de calle en alguno de los tramos del Anexo I
- Alta en el IAE correspondiente con anterioridad al inicio de la afección
- Disponer de licencia municipal de apertura o declaración responsable previa al inicio de la obra
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y sin deudas con el Ayuntamiento de Zaragoza ni con la Comunidad Autónoma
- El establecimiento debe estar en funcionamiento antes del inicio de la obra y permanecer activo durante el periodo de afección
- La obra debe ocasionar alteración sustancial y continuada en la accesibilidad o visibilidad del establecimiento
Gastos subvencionables
- Descenso en el importe neto de la cifra de negocio derivado de la afección por obras en la vía pública
Exclusiones
- Establecimientos no situados en los tramos de vía pública recogidos en el Anexo I
- Locales que no sean planta baja con acceso directo a pie de calle
- Obras con duración prevista igual o inferior a seis meses, salvo que se prolonguen más allá de ese plazo
- Afecciones producidas en el cuarto trimestre de 2026 (se incluirán en la convocatoria de 2027)
Obligaciones posteriores
- Permanecer activo durante el periodo de afección de la obra
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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