Apoyo a centros y residencias que atienden a españoles mayores y dependientes en el ext...
Centros de día, residencias de mayores y otras instituciones de atención a españoles en el exterior
DIRECCIÓN GENERAL DE CIUDADANÍA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR Y POLÍTICAS DE RETORNO · nº 891128
Título oficial: Resolución de 2 de marzo de 2026 de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, por la que se convocan ayudas para 2026, del Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
Subvenciones para centros sociales, centros de día y residencias de mayores que realizan actividades informativas, sociales o asistenciales dirigidas a españoles mayores y/o dependientes residentes en el exterior.
Presupuesto
2.597.934 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días07/03/2026 — 26/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 100.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Mejorar las condiciones de vida de españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores para actividades de carácter informativo, social o asistencial.
Quién puede solicitarla
Centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que acojan a españoles en el exterior (o sus cónyuges) mayores y/o dependientes sin medios suficientes para subsistir.
Plazo de solicitud
15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://sede.inclusion.gob.es/ayudas-y-subvenciones) y Portal de la ciudadanía española en el exterior (https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es)
Requisitos clave
- Las personas atendidas deben tener la condición de españoles o españolas en el exterior, o ser cónyuges de estos
- Las personas atendidas no deben pertenecer a la población activa
- Las personas atendidas deben carecer de medios suficientes para subsistir por sí mismas
Gastos subvencionables
- Actividades de carácter informativo, social o asistencial dirigidas a españoles mayores y/o dependientes en el exterior
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado disponible en el Portal de la ciudadanía española en el exterior o en la sede electrónica del Ministerio
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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