Ayudas para centros concertados que atienden a alumnado con necesidades educativas en G...
Para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia
CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL · nº 926904
Título oficial: ORDEN de 6 de julio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2026/27 (código
Estas ayudas están destinadas a centros privados concertados para facilitar la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. El objetivo es garantizar el soporte necesario para estos estudiantes.
Presupuesto
450.000 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días02/09/2026 — 01/10/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Galicia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (discapacidad motora, sensorial, intelectual, trastornos generalizados del desarrollo y de la conducta) en unidades concertadas, en aspectos no cubiertos por el concierto educativo, durante el curso 2026/27.
Quién puede solicitarla
Centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los centros con unidades concertadas de educación especial solo pueden optar a las ayudas de la finalidad del artículo 4.2. Quedan excluidos los centros concertados específicos de educación especial.
Periodo de ejecución
Curso escolar 2026/27: período septiembre-diciembre de 2026 y período enero-junio de 2027
Plazo de solicitud
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia
Requisitos clave
- Ser centro privado concertado de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Disponer de unidades concertadas con alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
- Los centros con unidades concertadas de educación especial solo pueden optar a la finalidad del artículo 4.2 de la orden
Gastos subvencionables
- Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a
- Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores (cuantía no superior al 15% de la ayuda)
- Compra de material específico ordinario no inventariable
- Adquisición de material específico inventariable
Exclusiones
- Centros concertados específicos de educación especial
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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