No solicitable Cerrada Autonómica · Galicia

Ayudas para centros concertados que atienden a alumnado con necesidades educativas en G...

Para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, UNIVERSIDADES E FORMACIÓN PROFESIONAL · nº 926904

Título oficial: ORDEN de 6 de julio de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2026/27 (código

Estas ayudas están destinadas a centros privados concertados para facilitar la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. El objetivo es garantizar el soporte necesario para estos estudiantes.

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Presupuesto

450.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

02/09/2026 — 01/10/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Galicia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (discapacidad motora, sensorial, intelectual, trastornos generalizados del desarrollo y de la conducta) en unidades concertadas, en aspectos no cubiertos por el concierto educativo, durante el curso 2026/27.

Quién puede solicitarla

Centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los centros con unidades concertadas de educación especial solo pueden optar a las ayudas de la finalidad del artículo 4.2. Quedan excluidos los centros concertados específicos de educación especial.

Periodo de ejecución

Curso escolar 2026/27: período septiembre-diciembre de 2026 y período enero-junio de 2027

Plazo de solicitud

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia

Requisitos clave

  • Ser centro privado concertado de la Comunidad Autónoma de Galicia
  • Disponer de unidades concertadas con alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
  • Los centros con unidades concertadas de educación especial solo pueden optar a la finalidad del artículo 4.2 de la orden

Gastos subvencionables

  • Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a
  • Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores (cuantía no superior al 15% de la ayuda)
  • Compra de material específico ordinario no inventariable
  • Adquisición de material específico inventariable

Exclusiones

  • Centros concertados específicos de educación especial

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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