Apoyo a autónomos del Sistema Especial Agrario y pymes tras fenómenos meteorológicos ad...
Autónomos del Sistema Especial Agrario y pymes en zonas afectadas de Andalucía
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 897932
Título oficial: Orden de 9 de abril de 2026, de la CEETA. Línea 2. Ayudas a personas trabajadoras autónomas en el Sistema Especial Agrario o pymes cuyo domicilio de actividad se encuentre recogido en el Anexo II. MINIMIS PESCA Y ACUICULTURA
Ayudas para promover el mantenimiento de la actividad y el empleo de personas trabajadoras autónomas en el Sistema Especial Agrario y pymes cuyo domicilio de actividad figure en el Anexo II, afectadas por fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía.
Presupuesto
500.000 €
Plazo de solicitud
81 de 81 días10/04/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente, Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Promover el mantenimiento de la actividad y el empleo de autónomos del Sistema Especial Agrario y pymes en zonas de especial afectación por daños causados por fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía.
Quién puede solicitarla
Personas trabajadoras autónomas en el Sistema Especial Agrario y pymes cuyo domicilio de actividad esté recogido en el Anexo II de la convocatoria.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA hasta el 30 de junio de 2026.
Cómo se presenta
Exclusivamente electrónica, a través de la plataforma habilitada accesible desde el catálogo de procedimientos de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/25989.html).
Requisitos clave
- Estar incluido en el Sistema Especial Agrario (autónomos) o ser pyme
- El domicilio de actividad debe figurar en el Anexo II de la convocatoria
- Reunir los requisitos establecidos en el apartado quinto de la Orden reguladora
Documentación requerida
- Formulario de solicitud oficial cumplimentado a través de la plataforma habilitada
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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