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Solicitable Abierta Local · Coruña

Subvenciones a asociaciones de vecinos para fomento de la convivencia en Arteixo

Asociaciones de vecinos con domicilio y actividad en el municipio de Arteixo

AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO · nº 927220

Título oficial: CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE VECINOS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONVIVENCIA

Subvenciones del Ayuntamiento de Arteixo a asociaciones de vecinos para el desarrollo de actividades de ocio, participación ciudadana, formación y dinamización comunitaria.

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Presupuesto

70.000 €

Plazo de solicitud

6 de 19 días

Quedan 13 días

Abrió 05/09 · cierra 24/09/2026

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Local · Coruña

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Cuantía por beneficiario

(hasta 80% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de actividades de convivencia vecinal: animación e integración comunitaria (Línea 1) y actividades formativas, cursos, talleres, jornadas o excursiones de carácter sociocultural, educativo o recreativo (Línea 2).

Quién puede solicitarla

Asociaciones de Vecinos legalmente constituidas, o agrupaciones de varias, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Arteixo, sin ánimo de lucro, con domicilio social en Arteixo y un mínimo de 50 personas asociadas.

Plazo de solicitud

15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la BDNS.

Compatibilidad con otras ayudas

Las actividades de la Línea 1 no pueden ser objeto de otras ayudas municipales específicas.

Requisitos clave

  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Arteixo con datos actualizados.
  • Carecer de fines de lucro y tener objeto social coincidente con la finalidad de la subvención.
  • Domicilio social en el término municipal de Arteixo según estatutos.
  • No tener subvenciones pendientes de justificación ante el Ayuntamiento para el mismo objeto.
  • Estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Arteixo.
  • Contar con un mínimo de 50 personas asociadas.

Gastos subvencionables

  • Actividades de animación para el fomento de la convivencia e integración comunitaria (Línea 1).
  • Jornada de comida de la vecindad de las parroquias de Arteixo (Línea 1, una sola actividad por entidad).
  • Actividades formativas, cursos, talleres y jornadas de carácter sociocultural, educativo o recreativo (Línea 2).
  • Excursiones y salidas del entorno municipal orientadas a la participación social y convivencia (Línea 2).

Documentación requerida

  • Solicitud según modelo de la convocatoria.
  • Documentación indicada en la convocatoria (con posibilidad de no aportar la ya obrante en el Ayuntamiento).
  • Declaración responsable acreditando el número mínimo de 50 personas asociadas.
  • Autorización o, en su defecto, certificaciones tributarias y de Seguridad Social.

Exclusiones

  • Actividades que sean objeto de otras ayudas municipales específicas (Línea 1).
  • Entidades que constituyan duplicidad artificial, continuidad encubierta o fraccionamiento de una misma realidad asociativa.
  • Entidades incursas en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Obligaciones posteriores

  • Justificar la subvención concedida ante el Ayuntamiento de Arteixo.
  • Mantener los datos actualizados en el Registro Municipal de Asociaciones.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 24/09/2026 — quedan 13 días para solicitarla.

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