Equipamiento para agrupaciones municipales de voluntarios de Protección Civil
Ayuntamientos del Principado de Asturias con AMVPC legalmente constituidas
SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · nº 917451
Título oficial: RESOLUCION DE 3 JULIO DE 2026 DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A LOS AYUNTAMIENTOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA AGRUPACIONES MUNICIPALES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCION CIVIL
Subvenciones a ayuntamientos asturianos para adquirir equipamiento y material destinado al funcionamiento de sus Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil (AMVPC).
Presupuesto
100.000 €
Plazo de solicitud
15/07/2026 — —
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Inversiones productivas
Detalle de la convocatoria
Objeto
Adquisición de equipamiento y/o material necesario para el desarrollo de la actividad de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil (AMVPC).
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos del Principado de Asturias que cuenten con AMVPC legalmente constituidas a la fecha de publicación del extracto en el BOPA y mantengan ese requisito hasta la finalización del plazo de justificación.
Periodo de ejecución
Las actuaciones deben justificarse antes del 31 de enero de 2027.
Plazo de solicitud
20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), código de ficha AYUD0218T01.
Forma de pago
Pago único tras la resolución de concesión, por el importe que corresponda de la subvención concedida.
Requisitos clave
- Disponer de una AMVPC legalmente constituida en la fecha de publicación del extracto en el BOPA.
- Mantener la AMVPC constituida hasta la finalización del plazo de justificación.
- Alcanzar un mínimo de 10 puntos en la valoración para ser subvencionable.
Gastos subvencionables
- Equipamiento y material necesario para el desarrollo de la actividad de las AMVPC, según lo definido en la base sexta de la convocatoria.
Documentación requerida
- Formulario normalizado de solicitud (disponible en sede electrónica, código AYUD0218T01).
- Documentación relacionada en la convocatoria.
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención antes del 31 de enero de 2027.
- Mantener la AMVPC legalmente constituida hasta la finalización del plazo de justificación.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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