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No solicitable Cerrada Local · Tarragona

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Pequeño comercio al por menor y establecimientos de restauración de hasta 10 trabajadores en Bellvei

AYUNTAMIENTO DE BELLVEI · nº 885862

Título oficial: BASES REGULADORAS POR LA CONCESION DE AYUDAS AL COMERCIO LOCAL DE BELLVEI, CONVOCATÒRIA 2025-2026

Subvenciones para inversiones en implantación, modernización, innovación, insonorización y accesibilidad del pequeño comercio al por menor y establecimientos de restauración ubicados en Bellvei.

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Presupuesto

3.000,00 €

Plazo de solicitud

137 de 137 días

13/02/2026 — 30/06/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Tarragona

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Cuantía por beneficiario

Hasta 1.000 € (hasta 50% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar inversiones en implantación, modernización, innovación, insonorización y accesibilidad del pequeño comercio al por menor y establecimientos de restauración de hasta 10 trabajadores en Bellvei

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas con actividad mercantil en Bellvei: pequeño comercio al por menor y establecimientos de restauración de hasta 10 trabajadores ubicados en el término municipal de Bellvei

Periodo de ejecución

Del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de junio de 2026

Cómo se presenta

Telemáticamente a través de la sede electrónica (https://bellvei.eadministracio.cat) o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Bellvei (OAC, C/ Jaume Palau, 10)

Forma de pago

Pago tras justificación de la inversión mediante facturas pagadas y documentación acreditativa

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 50%

Requisitos clave

  • Estar ubicado en el término municipal de Bellvei
  • Tener hasta 10 trabajadores
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • No ser deudor de la hacienda municipal
  • Las facturas justificativas deben estar pagadas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026

Gastos subvencionables

  • Inversiones en implantación del comercio
  • Inversiones en modernización
  • Inversiones en innovación
  • Inversiones en insonorización
  • Inversiones en accesibilidad

Documentación requerida

  • Formulario de solicitud
  • Fotocopia del DNI, pasaporte, permiso de residencia o CIF (personas jurídicas)
  • Certificado de titularidad bancaria
  • Facturas y justificantes de pago
  • Descripción de la inversión con fotografías
  • Resolución de prórroga, aplazamiento o moratoria si no se está al corriente con la Seguridad Social

Exclusiones

  • Solicitudes presentadas fuera de plazo
  • Más de una solicitud por beneficiario
  • Inversiones no ejecutadas dentro del período subvencionable

Obligaciones posteriores

  • Mantener el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante todo el procedimiento
  • Acreditar la ejecución de las acciones subvencionadas con facturas pagadas antes del 30 de junio de 2026

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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