No solicitable Cerrada Estatal

Apoya a ONG en la ejecución de políticas públicas estatales

Para organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal

FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD · nº 926034

Título oficial: Convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, a determinadas organizaciones no gubernamentales para el apoyo y la participación en la ejecución de políticas públicas de competencia estatal

Estas subvenciones de la Fundación Biodiversidad están destinadas a organizaciones no gubernamentales para que puedan apoyar y participar en la ejecución de políticas públicas de competencia estatal.

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Presupuesto

800.000 €

Plazo de solicitud

27 de 27 días

27/08/2026 — 23/09/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 230.000 € (hasta 90% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Cofinanciación de actividades de ONG ambientales para apoyar la ejecución de políticas públicas estatales en materia de biodiversidad y cambio climático.

Quién puede solicitarla

Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro con domicilio en España, objetivo primordial de defensa del medio ambiente, declaradas de utilidad pública, con al menos 5 años de antigüedad e incluidas en el anexo del RD 2355/2004 (Consejo Asesor de Medio Ambiente).

Plazo de solicitud

20 días hábiles a partir del día siguiente hábil al de la publicación del extracto en el BOE.

Cómo se presenta

Sede electrónica y página web de la Fundación Biodiversidad: https://fundacion-biodiversidad.es/

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 10%
  • Régimen de minimis: no

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituidas con domicilio en España y al menos 5 años de antigüedad antes de la publicación de la convocatoria.
  • Tener como objetivo primordial la defensa y protección del medio ambiente con ámbito de actuación estatal.
  • Estar inscritas en el registro administrativo correspondiente y haber sido declaradas de utilidad pública.
  • Estar incluidas en el anexo del Real Decreto 2355/2004 (Consejo Asesor de Medio Ambiente).
  • Disponer de experiencia internacional acreditada en federaciones, foros y convenios ambientales internacionales.
  • Someter su gestión a auditoría externa periódica en al menos los últimos tres años.

Exclusiones

  • Entidades en quienes concurran circunstancias invalidantes previstas en el artículo 13, apartados 2, 3 y 3 bis de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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