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No solicitable Cerrada Autonómica · Asturias

Adapta tus vehículos de transporte de viajeros en Asturias

Para titulares de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros en Asturias

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, COOPERACIÓN LOCAL Y GESTIÓN DE EMERGENCIAS · nº 912060

Título oficial: Convocatoria de subvenciones a empresas de transporte de viajeros para adaptación de vehículos

Subvenciones para la adquisición de vehículos nuevos adaptados, la adaptación de vehículos existentes o la compra de vehículos usados ya adaptados de las categorías M1, M2 y M3 con autorización VT o VD, con requisitos de accesibilidad.

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Presupuesto

100.000 €

Plazo de solicitud

11 de 11 días

19/06/2026 — 30/06/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Asturias

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética

Detalle de la convocatoria

Objeto

Adquisición de vehículos nuevos adaptados, adaptación de vehículos existentes o compra de vehículos usados ya adaptados (categorías M1, M2 y M3, series VT y VD) que cumplan requisitos de accesibilidad. Máximo 2 vehículos por empresa.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros en vehículos M1 (VT) y M2/M3 (VD), domiciliadas en el Principado de Asturias, cuya titularidad de la autorización coincida con el permiso de circulación del vehículo.

Periodo de ejecución

Del 1 de junio de 2025 al 30 de junio de 2026

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA hasta el 30 de junio de 2026

Cómo se presenta

Vía electrónica a través de la sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es/), código AYUD0460T01

Forma de pago

Prorrateo proporcional a la inversión realizada y al crédito disponible

Requisitos clave

  • Ser titular de autorización de transporte discrecional de viajeros (series VT o VD)
  • Estar domiciliado en el Principado de Asturias
  • La titularidad de la autorización debe coincidir con el permiso de circulación del vehículo
  • Los vehículos deben cumplir los requisitos del anexo VII de la Directiva 2001/85 y el RD 1544/2007
  • Máximo 2 vehículos subvencionables por empresa

Gastos subvencionables

  • Costes de adaptación de vehículos nuevos a la normativa de accesibilidad
  • Costes de adaptación de vehículos ya existentes
  • Porcentaje del precio de adquisición equivalente al coste de la primera adaptación en vehículos usados ya adaptados

Documentación requerida

  • Documentación justificativa de las inversiones recogida en el punto tercero de las bases reguladoras
  • Formulario normalizado de solicitud (código AYUD0460T01)

Exclusiones

  • El IVA soportado no es subvencionable
  • Actuaciones realizadas fuera del período 1 de junio de 2025 – 30 de junio de 2026

Obligaciones posteriores

  • Justificar las inversiones mediante la documentación prevista en las bases reguladoras correspondiente al período 1 de junio de 2025 – 30 de junio de 2026

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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